domingo, 17 de marzo de 2013

DOCUMENTOS (Diagnóstico y Dictamen)

Dentro de las actividades de un médico legista se encuentran las de dar un diagnóstico y realizar el dictamén de la muerte de una persona tras practicar una necropsia, por lo que les mostramos los documentos así como las partes que los conforman.

Diagnóstico:





DESCRIPCIÓN DE LLENADO

(1).- Protocolo de Necropsia Núm. Número consecutivo del Protocolo de Necropsia proporcionado por la Unidad Departamental de Relaciones Públicas.
(2).-Relacionado con el Acta Núm. Número del acta de la Averiguación Previa emitida por la Coordinación Territorial correspondiente, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
(3).-Nombre del cadáver “Desconocido”, si es el caso, o nombre o apelativo, en caso de conocerse.
(4).-Turno Especificar el turno en que se efectúe la necropsia: matutino, vespertino o nocturno.
(5).- Edad aproximada Años cumplidos que tenga el cadáver, conocidos o estimados.
(6).- Estatura La que determinaron los peritos médicos a la toma de medidas al cadáver.
(7).- Perímetro toráxico
(8).-Perímetro abdominal El que determinaron los peritos médicos a la toma de medidas al cadáver. El que determinaron los peritos médicos a la toma de medidas al cadáver.
(9).- Complexión Tipo de constitución fisiológica, delgada, mediana u obesa.
(10).-Otras medidas Perímetro cefálico, longitud del pie y peso (solo para los casos de niños y productos de aborto).
(11).-Signos cadavéricos Estado que presenta el cadáver posterior al deceso, (signos de deshidratación, rigidez cadavérica, presencia y ubicación cadavérica y fase en la que se encuentra, acción de fauna y flora cadavérica, etc.
(12).-Otros hallazgos Lunares, tatuajes, cicatrices, verrugas, etc., localizados en el cadáver.
(13).-Lesiones externas Tipo de lesión (es) que presenta el cadáver, de acuerdo a sus características particulares, el agente vulnerante que lo produjo, así como la ubicación topográfica del cuerpo, etc.
(14).-Cráneo Lesiones localizadas en los tejidos blandos del epicráneo, las que se encuentran localizadas encima del hueso craneal.
(15).-Cuello En primera instancia, las lesiones que existan en cada órgano (músculos, vasos sanguíneos, tráquea, esófago y laringe), así como la presencia, si es el caso, de alguna sustancia extraña en esófago y tráquea.
(16).-Tórax Existen o no lesiones internas u otra patología (enfermedad), se describirá si existen fracturas o lesión de la pleura y si presenta zonas de infarto antiguas o recientes.
(17).-Abdomen Describir las lesiones encontradas en la cavidad abdominal.
(18).-Estudios de laboratorio Relación de estudios que se soliciten (histopatológicos, toxicológicos, etc.).
(19).-Causa (s) de la muerte Diagnóstico de las lesiones o enfermedades que ocasionaron el deceso.
(20).-Practicaron la necropsia Firmas y nombres completos y legibles de los peritos médicos que practicaron la necropsia.
(21).-Fecha Día, mes y año en que se practica la necropsia

sábado, 16 de marzo de 2013

ACTIVIDAD MEDICA LEGISTA


La medicina legal, jurisprudencia médica o medicina judicial, es una rama de la medicina que determina la causa de muerte mediante el examen de un cadáver.
Estudia los aspectos médicos derivados de la práctica diaria de los tribunales de justicia, donde actúan como peritos. El médico especialista en el área recibe el nombre de médico legista (de latín legis, "ley") o médico forense.

A continuación se muestran a grandes rasgos las actividades que lleva a cabo un medico legista según el Tribunal Superior de Justicia del DF:

1.- Recepción de cadáveres y documentos para apertura de expedientes.
2.- Recepción y archivo de documentos para actualizar expedientes.
3.- Entrega de documentación a las fiscalías.
4.- Resguardo de expedientes.
5.- Préstamo de expedientes.
6.- Práctica de necropsias.
7.- Estudios Químico-Toxicológicos.
8.- Estudios Histopatológicos.
9.- Identificación de cadáveres desconocidos.
10.- Búsqueda de personas extraviadas.
11.- Atención al público que acude a identificar cadáveres desconocidos.
12.- Asistencia de los Peritos a petición de Juzgados.
13.- Examen médico a lesionados.
14.- Exámenes psiquiátricos o psicológicos.
15.- Envío de cadáveres al Panteón Civil de Dolores.
16.- Entrega de cadáveres a las Escuelas de Medicina.
17.- Certificación de documentos.
18.- Microfilmación de expedientes.
19.- Depuración de recinto.
20.- Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
21.- Recepción y suministro de vales de combustible al parque vehicular.
22.- Mantenimiento preventivo y correctivo a las unidades del parque vehicular.
23.- Mantenimiento preventivo y correctivo del equipo médico, de laboratorio, refrigeración y planta de luz.
24.- Administración, registro y control de los materiales de consumo de limpieza y artículos de oficina.
25.- Administración, registro y control de los materiales de consumo de laboratorio.
26.- Baja de materiales de consumo caducos y volátiles.
27.- Sistema interno del registro de incidencias, del personal del Servicio Médico Forense.
28.- Sistema interno de registro de vacaciones y permisos, del personal del Servicio Médico Forense.
29.- Atención a funcionarios de las diferentes Instituciones que realizan inspecciones sobre el manejo y almacenaje de los Residuos Peligrosos, Biológico-Infecciosos (RPBI).
30.- Recolección de Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos, (RPBI).
31.- Control del Activo Fijo.
32.- Estudios de Paternidad y Filiación.
33.- Estudios de Identificación para confronta solicitados por la autoridad penal.
34.- Estudio de Identificación de Occisos Desconocidos.
35.- Cuota de recuperación.

COMENTARIO: Aunque en la lista anterior se muestran las actividades de un medico legista de forma muy generalizada, podemos percatarnos claramente que es una profesión muy complicada, en la que se debe de estar realmente muy preparado para el cumplimiento de todas sus funciones y lograr así otorgar un dictamen correcto sobre las causas de muerte de algún sujeto.


VIDEOS


ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL

A continuación se presenta un video en donde se explica claramente las diferentes etapas de un procedimiento penal.


COMENTARIO: En el video anterior podemos observar cual es la línea que sigue el procedimiento penal para la resolución de conflictos en la sociedad, y así poder emitir juicios lo más acertados posibles basándose en las pruebas que se obtienen durante la primera etapa: la Pre-instrucción que es donde más campo de acción tiene la Medicina Legal.



SENTENCIA EN MATERIA PENAL


El término sentencia se deriva del latín «Sentiendo», que significa «sin tiendo», debido a que se manifiesta en la sentencia lo que siente u opina quien la dicta, que comúnmente, en el sistema jurídico occidental, es el judicial competente.

La sentencia, particularmente, en materia penal, se estructura de la forma siguiente:

1. El Encabezamiento: Es la forma con que se inicia la sentencia, la forma de identificar al juez, las partes y primordialmente el proceso (contiene el lugar, fecha en que se emite la sentencia y el juez que debe dictarla). También la constituye la identificación del juzgado donde se cita la sentencia.

2. Vistos Resulta: También se le conoce con el nombre de parte expositiva, aquí se efectúa un resumen o relato de los actos y trámites que sucedieron durante el proceso, hasta llegar a resumir todo lo que suceda al momento de dictar la sentencia.

3. Los Considerando: Conocida con el nombre de parte considerativa, explica o motiva las razones que el judicial fundamenta su decisión, razonamiento, el valor de los medios de pruebas y cómo reconstruye los hechos a partir de la prueba. Además especifica los casos en que cabe la inimputabilidad (personas que no son objeto de juzgamiento), las eximentes de responsabilidad penal, agravantes y atenuantes.

4. Por tanto: Se le da el nombre de parte resolutiva, plasmándose la resolución que emite el juez, ya sea absolviendo o condenando al procesado, en caso de que sea definitiva la sentencia.

5. La Firma del Juez y Secretario: Por razones de seguridad jurídica, y de que la sentencia se dictó bajo la autoridad legalmente competente, el juez y el secretario deben de firmarla.


COMENTARIO: El dictar una sentencia es la parte final del proceso penal y en la información anterior así como en el video se muestra cuan importante es, así como las partes fundamentales que la conforman. Por lo que es realmente importante que el resto de la sociedad conozca todos estos elementos para su propio beneficio.







viernes, 15 de marzo de 2013

DELITOS VS LAS PERSONAS


DELITOS CONTRA LAS PERSONAS EN EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO

En el campo del derecho se define como código al grupo de reglas legales sistemáticas que sirven para regular, de manera unitaria, a un determinado asunto. Esta definición permite que se conozca como código a la recopilación sistemática de diversas leyes y al conjunto de normas vinculadas a una cierta materia.
Por lo que a continuación se mencionan los diversos delitos contra las personas, los cuales se localizan dentro del Título Tercero en el Código Penal del Estado de México.


TITULO TERCERO
DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

SUBTITULO PRIMERO
DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL
  • CAPITULO I: LESIONES
  • CAPITULO II: HOMICIDIO
  • CAPITULO III: REGLAS COMUNES PARA LESIONES Y HOMICIDIO
  • CAPITULO IV: AUXILIO O INDUCCION AL SUICIDIO
  • CAPITULO V: ABORTO
  • CAPÍTULO VI: MANIPULACIÓN GENÉTICA
  • CAPÍTULO VII: DISPOSICIÓN DE CÉLULAS Y PROCREACIÓN ASISTIDA


SUBTITULO SEGUNDO
DELITOS DE PELIGRO CONTRA LAS PERSONAS
  • CAPITULO I: PELIGRO DE CONTAGIO
  • CAPITULO II: DISPARO DE ARMA DE FUEGO Y ATAQUE PELIGROSO
  • CAPITULO III: ABANDONO DE INCAPAZ
  • CAPITULO IV: OMISION DE AUXILIO A LESIONADOS
  • CAPITULO V: OMISION DE AUXILIO
  • CAPITULO VI: DISPOSICIONES GENERALES


SUBTÍTULO TERCERO
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, SEGURIDAD
Y TRANQUILIDAD DE LAS PERSONAS
  • CAPITULO I: PRIVACION DE LIBERTAD
  • CAPITULO II: SECUESTRO
  • CAPÍTULO III: PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD DE MENORES DE EDAD
  • CAPITULO IV: SUSTRACCION DE HIJO
  • CAPITULO V: USURPACIÓN DE LA IDENTIDAD
  • CAPITULO VI: EXTORSION
  • CAPITULO VII: ASALTO
  • CAPITULO VIII: ALLANAMIENTO DE MORADA
  • CAPÍTULO IX: TRATA DE PERSONAS
  • CAPÍTULO X: REQUERIMIENTO ILÍCITO DE PAGO
  • CAPÍTULO XI: IRRUPCIÓN DE EVENTO PÚBLICO


SUBTITULO CUARTO
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
  • CAPÍTULO I: HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL
  • CAPITULO II: ACTOS LIBIDINOSOS
  • CAPITULO III: ESTUPRO
  • CAPITULO IV: VIOLACION


SUBTITULO QUINTO
DELITOS CONTRA LA REPUTACION DE LA PERSONA
  • CAPITULO I: INJURIAS
  • CAPITULO II: DIFAMACION
  • CAPITULO III: CALUMNIA
  • CAPITULO IV: DISPOSICIONES GENERALES
Para ejemplificar uno de los anteriores delitos les mostramos aqui un video, solo dale click al vínculo.

COMENTARIO: El Código Penal es una herramienta fundamental para lograr un orden dentro de la sociedad, ya que gracias a el se puede castigar a quienes violen nuestros derechos cometiendo delitos, en este caso delitos contra las personas, por lo que es fundamental conocerlos para no incurrir en alguno de ellos o denunciarlos.

miércoles, 13 de marzo de 2013

PROCESO PENAL (Etapas)

Proceso penal en México

En México, antes de iniciar el proceso penal es necesario llevar a cabo una etapa preliminar, a la que se denomina averiguación previa, la cual compete realizar al Ministerio Público. Esta etapa empieza con la denuncia, que puede presentar cualquier persona, o la querella, que sólo puede presentar el ofendido o su representante, según el tipo de delito de que se trate.
La averiguación previa tiene como finalidad que el Ministerio Público recabe todas las pruebas e indicios que puedan acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado. Si se prueban estos dos elementos, el Ministerio Público debe ejercer la acción penal en contra del probable responsable, a través del acto denominado consignación, ante el juez penal competente.           En caso contrario, el Ministerio Público debe dictar una resolución de no ejercicio de la acción penal y ordenar el archivo del expediente (sobreseimiento administrativo). Por último, si el Ministerio Público estima que, aun cuando las pruebas son insuficientes, existe la probabilidad de obtener posteriormente otras, envía el expediente a la reserva, la cual no pone término a la averiguación previa, sino que sólo la suspende temporalmente.

ETAPAS DEL PROCESO PENAL

Averiguación Previa
Desde la denuncia o querella, hasta el ejercicio de la acción penal con la consignación ante un juez, la determinación de no ejercicio de aquélla, o la resolución de la reserva.

Pre- instrucción
Desde la radicación o cabeza del proceso que dicta el juez, hasta el auto que resuelva la situación jurídica del inculpado, es decir, donde se fija el objeto del proceso penal (auto de formal prisión o sujeción a proceso). Y es en esta primera parte en donde la Medicina Legal entra en acción, pues es donde se lleva a cabo la recopilación de pruebas y los diversos análisis.

Instrucción 
Inicia luego de dictado el auto de formal prisión o sujeción a proceso y concluye con el auto que declara cerrada la instrucción, esto es, antes que el MP emita sus conclusiones.

Juicio
Procedimiento durante el cual el MP precisa su pretensión y el procesado su defensa ante el juez, quien valora las pruebas y pronuncia sentencia definitiva de primera instancia.

Sentencia
Es el procedimiento ante el tribunal de apelación, en que se efectúan las diligencias y actos tendientes a resolver los recursos. En ésta última etapa también participa la Medicina Legal ya que gracias a su intervención se puede llegar a determinar la culpabilidad o no de un sujeto o indiciado.

jueves, 7 de marzo de 2013

INVESTIGACION PENAL (Procedimiento)



La investigación penal es el proceso tendiente a comprobar la existencia de un delito y tendiente a comprobar la responsabilidad del autor. Tanto uno como el otro conlleva a realizar una investigación y esta deberá ser llevada a cabo por un investigador. La tarea de investigador no es sencilla y no cualquiera posee los dotes necesarios. El investigador debe ser observador, sagaz, minucioso, paciente con buena memoria, ordenado, intuitivo, discreto y perseverante. No es imprescindible un título universitario para ser investigador, si es buen complemento.

Los investigadores, todos ellos no importa en qué rama se desempeña, debe seguir un método científico de acción. Una investigación desordenada en cualquier campo, lleva a malos resultados, a veces opuestas al fin requerido. Todo investigador debe al tener conocimiento de un hecho ilícito o irregular, tomar contacto con la escena. El desconocimiento de la misma pone en desventaja a este ante el autor. Cualquier insignificancia puede ser la clave de un caso. Debe saber además que el infractor padece de un complejo de inferioridad por diversos factores; situación económica, cultura; familiar, emocional, etc.

Cuando se investiga un caso debe estar atento y concentrado en él. Debe estar interesado en el hecho que investiga, estar atento a todo lo que sucede y ver lo extraordinario en lo ordinario.
En la mayoría de los hechos que deberá investigar son casos en que el autor no ha premeditado una coartada y sus descargos son improvisaciones, siendo difícil que los mismos sean buenos. Hay que recordar que las cárceles están llenas de personas que pensaron eludir la acción de los investigadores.

Iniciar una investigación es como ir de caza; con la diferencia que la presa esta equiparada en fuerza e inteligencia con el cazador.
Una vez en la escena tome la mayor cantidad de datos. No confíe en su memoria, tome nota en el momento o en la primera oportunidad inmediata, a veces los recuerdos no vienen tan rápidamente como se necesita.

El investigador al tener conocimiento de un hecho y constituido en el lugar, primero debe observar la escena, si no hay urgencia, es decir lesionados, heridos, si el delincuente no se encuentra, lo primero que debe evaluar en si hay elementos físicos, que colaboren en la investigación, indicios ( no remover), solo con la observación se puede detectar, en un hurto (por ejemplo) si hay cerraduras violadas, vidrios rotos, elementos tocados por delincuentes que puedan orientar sobre el medio en que entro, posibles huellas dactilares y si existen huellas de pisadas. Esto surge de la primera observación.


1) Aislar a la víctima de los testigos y el resto, retirándolos del mejor modo. Indagar a la víctima sobre sus hechos y luego pérdidas.
Estas dos tareas consumen menos de diez minutos, y le da al investigador una visión en conjunto del hecho pudiendo definir:

a. El delito cometido
b. El método utilizado
c. Las pérdidas sufridas
d. Tiempo que transcurrió (tiempo relatado por la víctima)
e. Descripción del delincuente (fuera del hurto).

2) Indagar a los testigos. Ya sabe de qué se está hablando, lo que permite orientar el interrogatorio.
La tarea previa de recoger indicios e información debe ser minuciosa. Debemos fijar una prioridad desde el inicio, rigor procesal, tanto para el levantamiento de indicios, como para la toma de declaraciones.
Durante la investigación se deberá procurar la prueba de los hechos. Recordemos que son medios de prueba, los indicios y los testimonios, y que el imputado hasta su procesamiento declara como testigo o indicado. Las anotaciones deberán ser claras y concisas sin por ello de contener todos los detalles.